Articulo 49 Concierto Eco...País Vasco

Articulo 49 Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco

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Artículo 49. Concepto de cupo.

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La aportación del País Vasco al Estado consistirá en un cupo global, integrado por los correspondientes a cada uno de sus Territorios Históricos, como contribución a todas las cargas del Estado que no asuma la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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  • Texto Original. Publicado el 24-05-2002 en vigor desde 25-05-2002