Articulo 49 Ciencia, Tecn...Innovación

Articulo 49 Ciencia, Tecnología e Innovación

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Artículo 49. Participación en la enseñanza.

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1. La Junta de Extremadura velará para que la capacidad formativa de todos los agentes del SECTI sea reconocida.

2. Fomentará la introducción de conocimientos sobre investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los niveles de la enseñanza. Para ello promoverá la utilización de nuevas tecnologías y la actualización de contenidos en los programas educativos.

3. La Junta de Extremadura potenciará la colaboración entre los agentes del SECTI y los centros de Enseñanza Secundaria, fomentando la participación del personal docente de dichos centros en proyectos de investigación desarrollados por los agentes del SECTI.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-11-2010 en vigor desde 20-11-2010