Articulo 49 Ciencia, Tecnología e Innovación
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»Artículo 49. Participación en la enseñanza.
Vigente
1. La Junta de Extremadura velará para que la capacidad formativa de todos los agentes del SECTI sea reconocida.
2. Fomentará la introducción de conocimientos sobre investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los niveles de la enseñanza. Para ello promoverá la utilización de nuevas tecnologías y la actualización de contenidos en los programas educativos.
3. La Junta de Extremadura potenciará la colaboración entre los agentes del SECTI y los centros de Enseñanza Secundaria, fomentando la participación del personal docente de dichos centros en proyectos de investigación desarrollados por los agentes del SECTI.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-11-2010 en vigor desde 20-11-2010