Articulo 49 Arancel de derechos de los profesionales de la Procura
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»Artículo 49. Recurso de reposición y de revisión.
Vigente
Petición de aclaración, subsanación y complemento.
1. El profesional de la Procura percibirá por la formulación y por la impugnación del recurso de reposición y del recurso de revisión como máximo la cantidad de 30,09 euros.
2. Percibirá por la petición de aclaración, subsanación y complemento de resoluciones judiciales y procesales y judiciales como máximo la cantidad de 30,09 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 02-05-2024