Articulo 48 sobre la marca de la Unión Europea
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»Artículo 48. Delegación de poderes
Vigente
La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 208 que precisen los pormenores del procedimiento para la presentación y examen de una oposición establecido en los artículos 46 y 47.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017