Articulo 48 Reglamento de...rdia Civil

Articulo 48 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil

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Artículo 48. Catálogo de Cualificaciones Específicas de la Guardia Civil (CCEGUCI).

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1. Se crea el Catálogo de Cualificaciones Específicas de la Guardia Civil, instrumento del sistema de enseñanza del Cuerpo que ordena las cualificaciones específicas existentes en la Guardia Civil en función de las competencias y aptitudes apropiadas en sus puestos de trabajo o para el ejercicio de aquellas actividades que requieran una específica capacitación profesional, así como los distintos niveles de cualificación que se podrán obtener.

2. El Catálogo de Cualificaciones Específicas de la Guardia Civil cuya definición, elaboración y actualización será responsabilidad de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, contendrá las competencias que deberán tener en cuenta los planes de estudios de los diferentes cursos de especialización que conlleven la adquisición de una cualificación específica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2018 en vigor desde 06-04-2018