Articulo 48 Ordenación de...el Paisaje

Articulo 48 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje

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Artículo 48. Contenido.

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Los planes de acción territorial integrados deberán incluir, entre otros, los siguientes contenidos: definición de objetivos, análisis, diagnóstico y estrategias del plan.

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  • Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 03-07-2004