Articulo 48 Mejora de la ...l del agua

Articulo 48 Mejora de la gestión del ciclo integral del agua

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 48. Vaciado de fosas sépticas

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El vaciado de la fosa séptica conllevará la obligación del pago del canon de gestión de depuradoras, siendo su cuota resultante de la adición de una parte fija asociada a la autorización para realizar vaciados y de una parte variable en función del volumen vertido en la depuradora durante el año de vigencia.

a) La parte fija de la cuota será de cuarenta euros al año.

b) El tipo de gravamen de la parte variable será de 2 €/m3 de agua vertido en la depuradora en el año.