Articulo 48 Medidas Tributarias y Administrativas 2003 Aragón
Artículo 48. Modificación de la Ley 16/2003, de 24 de marzo, sobre publicidad institucional.
1. Se modifica el título de la Ley 16/2003, de 24 de marzo, sobre publicidad institucional, que queda redactado en los siguientes términos:
«Ley sobre la actividad publicitaria de las Administraciones Públicas de Aragón.»
2. Se modifican los siguientes artículos de la Ley 16/2003, de 24 de marzo, sobre publicidad institucional:
a) Se modifica el artículo 1, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 1. Objeto.
La presente Ley tiene por objeto establecer los principios generales por los cuales ha de regularse la publicidad de las Administraciones Públicas de Aragón a través de contratos de publicidad, difusión publicitaria, creación publicitaria y patrocinio.»
b) Se modifica el artículo 5, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 5. Criterios de contratación.
1. Los contratos de publicidad, difusión publicitaria y creación publicitaria en los que fueren parte las administraciones, los organismos y las empresas públicas comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley, se ajustarán a los principios contenidos en la misma y a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratación de las Administración públicas, con respeto a los principios de libre concurrencia e igualdad entre los licitadores.
2. Ninguna empresa informativa podrá ser excluida de la publicidad de las Administraciones Públicas de Aragón o de sus organismos públicos y sociedades por razones distintas a las objetivas que guían la inversión publicitaria, como son la rentabilidad del impacto o la adecuación al público objetivo.»
- Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004