Articulo 48 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público ...en el medio ambiente
Articulo 48 Medidas fisca...o ambiente

Articulo 48 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente

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Artículo 48. Modificación de la tasa por los permisos para fotografiar o filmar fauna salvaje desde un observatorio fijo de fauna salvaje situado en terrenos de una reserva nacional de caza

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Se modifica el artículo 12.5-4 de la Ley de tasas y precios públicos, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 12.5-4. Cuota

»La cuota de la tasa es:

»Por el permiso de un día: 133,95 euros.

»Por cada día de más: 89,35 euros.

»Por grupos, de hasta 6 personas, durante 2 horas: 133,95 euros.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2020 en vigor desde 01-05-2020