Articulo 48 Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas 2003 C. León
Artículo 48. Modificación de la Ley 10/1990, de 28 de noviembre, de creación de la Empresa Pública «Parque Tecnológico de Boecillo.»
Se modifican los artículos 1, 3 y 7 de la Ley 10/1990, de 28 de noviembre, de creación de la empresa pública «Parque Tecnológico de Boecillo», en el sentido que se indica a continuación:
1. Se da nueva redacción al artículo 1 de la Ley 10/1990, en los siguientes términos:
«Artículo 1. Disposiciones generales.
Se autoriza la constitución de una empresa pública que tendrá carácter de Sociedad Anónima, con la denominación de "Parques Tecnológicos de Castilla y León, S. A.".»
2. El artículo 3 de la Ley 10/1990, queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 3. Objeto social.
El objeto de la Sociedad será la creación, ejecución y promoción de parques tecnológicos en Castilla y León como instrumentos de diversificación y modernización industrial. A estos efectos la Sociedad podrá gestionar la explotación de pabellones industriales, realizar la promoción y comercialización de locales y servicios, la selección e invitación a empresas interesadas en implantarse en ellos, la realización de todo tipo de operaciones jurídico-económicas que faciliten tal instalación, así como la gestión de los servicios propios de este tipo de instalaciones. Asimismo, la Sociedad podrá promover inversiones o servicios en la Región, participando en el capital de sociedades a constituir o ya constituidas.»
3. Se da nueva redacción al artículo 7 de la Ley 10/1990, en los términos siguientes:
«Artículo 7. Adscripción administrativa.
La Sociedad Parques Tecnológicos de Castilla y León está adscrita a la Consejería competente en materia de promoción económica.»
- Texto Original. Publicado el 30-12-2003 en vigor desde 01-01-2004