Articulo 48 Medidas de Apoyo a las Familias
Articulo 48 Medidas de Ap...s Familias

Articulo 48 Medidas de Apoyo a las Familias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 48. Centros de apoyo a las familias.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Aefectos de lo previsto en el presente Título, se considerarán Centros de apoyo a las familias los Puntos de Encuentro Familiar, los Centros infantiles, los Centros Crecemos, las Ludotecas y los Centros infantiles de ocio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-03-2007 en vigor desde 14-06-2007