Articulo 48 Juventud de C León

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Artículo 48. Contenido de las prestaciones.

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El contenido de las prestaciones se desarrollará reglamentariamente, debiendo contar en todo caso con un seguro gratuito de asistencia en viaje.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-07-2002 en vigor desde 19-09-2002