Articulo 48 Gobierno e In...s miembros

Articulo 48 Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros

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Artículo 48. Relación entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja.

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La relación ordinaria entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja se canalizará a través del titular de la Consejería que tenga atribuidas competencias en materia de Relaciones Institucionales.

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  • Texto Original. Publicado el 13-11-2003 en vigor desde 03-12-2003