Articulo 48 Desarrollo de...s locales-

Articulo 48 Desarrollo de la Ley 4/2007 -coordinación de policías locales-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 48. Desarrollo del proceso selectivo

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. La oposición comprenderá las siguientes pruebas, citadas por el orden en que se deberán desarrollar:

a) Prueba de evaluación de conocimientos. En esta prueba las personas aspirantes deberán demostrar su preparación intelectual y su dominio de los contenidos de la totalidad del temario.

b) Prueba de evaluación de conocimiento de la lengua gallega. En esta prueba las personas aspirantes deberán demostrar que comprenden, hablan y escriben correctamente el gallego.

Sin embargo, aquellas personas que estén en posesión del título Celga 3 o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales justificativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega, o norma que la sustituya, estarán exentas de la realización de esta prueba, que se les dará por superada con la calificación de apta.

c) Pruebas de aptitud física. En estas pruebas las personas aspirantes deberán demostrar sus capacidades de fuerza, resistencia, agilidad, flexibilidad y velocidad para las funciones que tienen que desempeñar.

2. La descripción de las pruebas de selección y los temarios para el personal auxiliar de policía se regularán mediante una orden de la consellería competente en materia de coordinación de policías locales.