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Articulo 47 Servicios sociales de Extremadura

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Artículo 47. Criterios y objetivos de calidad.

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1. El plan estratégico de Servicios Sociales recogerá los criterios y objetivos de calidad de las prestaciones de los servicios sociales, así como los mecanismos de evaluación y garantía del cumplimiento de dichos criterios, entre cuyos indicadores se incluirá la opinión y el grado de satisfacción manifestados por las personas usuarias sobre dichas prestaciones y su funcionamiento.

2. Los criterios de calidad del Sistema de Servicios Sociales serán de aplicación a la totalidad de entidades prestadoras de servicios sociales, tanto públicas como privadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2015 en vigor desde 04-05-2015