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Articulo 47 Presupuestos Generales 2024 de Navarra

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Artículo 47. Movimiento de fondos para la gestión de los créditos destinados a financiar el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 y el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

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Entre las partidas presupuestarias destinadas a financiar el Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 y el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 o aquellas que fuera necesario habilitar para su adecuada ejecución, sin las limitaciones del artículo 38 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, podrán realizarse movimientos de fondos.

La competencia para autorizar los movimientos de fondos entre las partidas mencionadas corresponderá a la persona titular del departamento donde se encuadren las partidas afectadas. En el caso que corresponda a diferentes departamentos, la competencia será de la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda, previa conformidad de los departamentos implicados.