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Articulo 47 Presupuestos Generales para 2022 de Canarias

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Artículo 47. Acción social y premios de jubilación y permanencia.

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1. Se establece un Fondo de acción social de carácter no consolidable por importe de 6.750.000 euros que se distribuye de la siguiente forma:

a) En la sección 08 «Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad», se consignan créditos por importe de 3.750.000 euros que se destinarán, exclusivamente, a los gastos derivados de las pólizas de seguro concertadas que cubren los riesgos de fallecimiento o invalidez permanente del personal al servicio de la Administración pública de la comunidad autónoma.

Las pólizas de seguro concertadas por la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias se sujetarán al principio de igualdad, de forma que cubrirán, en todos los casos, los mismos riesgos y establecerán las mismas prestaciones para todo el personal al servicio de la Administración, con independencia de su vínculo jurídico.

b) En la sección 19 «Diversas consejerías», se consignan créditos por importe de 3.000.000 de euros, a efectos de que se puedan convocar, reconocer y abonar, en 2022, ayudas de acción social reglamentariamente establecidas, destinadas al personal al servicio de la Administración pública de la comunidad autónoma.

La distribución de los créditos del Fondo de acción social, incluidos los consignados en la sección 19, se efectuará por la Dirección General de la Función Pública, previa negociación en el ámbito de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos.

2. En 2022, las entidades del sector público con presupuesto limitativo no podrán convocar, reconocer o abonar premios de jubilación y permanencia, cualquiera que sea la disposición, acto, convenio o documento que los regule o determine, a excepción de los premios a que se refiere el artículo 30 del III Convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.

3. Lo establecido en los apartados anteriores se adaptará a lo dispuesto en la normativa básica del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022