Articulo 47 Presupuestos 2020 Murcia
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Artículo 47. Bajas por adjudicación de obras municipales con financiación autonómica.

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Salvo lo establecido con carácter específico para los remanentes generados por bajas, anulaciones o renuncias de las obras programadas con cargo al Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, en las restantes obras acometidas por las entidades locales de la Región que cuenten con financiación autonómica, la parte proporcional a dicha financiación, en el caso de producirse bajas en la adjudicación de las obras, podrá quedar a disposición del ayuntamiento correspondiente, disminuyendo la aportación municipal a la obra subvencionada, previa autorización del titular de la consejería competente por razón de la materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2020 en vigor desde 26-04-2020