Articulo 47 Presupuestos 2012 Canarias
Artículo 47. - Gestión de gastos de personal.
La autorización y disposición de los gastos y el reconocimiento de las obligaciones derivados de la gestión de personal corresponde.
a) A las secretarías generales técnicas de los departamentos.
b) A la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, respecto de los del personal docente dependiente del departamento.
c) A la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en cuanto a los del personal al servicio de los órganos judiciales y fiscales.
d) A la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, respecto de los del personal del organismo.
e) A los órganos competentes en materia de personal de los organismos autónomos y demás entes públicos vinculados o dependientes de la Comunidad Autónoma, sometidos a régimen presupuestario, en relación con los derivados de la gestión del personal a su cargo.
f) A la Dirección General de la Función Pública, los que se imputen al Fondo de Acción Social de la sección 19.
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012