Articulo 47 Patrimonio de...-Derogada-

Articulo 47 Patrimonio de C. La Mancha -Derogada-

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Artículo 47.

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La adquisición de todo tipo de bienes se realizará según lo previsto en la legislación de contratación administrativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-12-1985 en vigor desde 23-12-1985