Articulo 47 Modificacion ...er Publico

Articulo 47 Modificacion del Regimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y Reordenacion de las Prestaciones Patrimoniales de Caracter Publico

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Artículo 47. Devengo.

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El devengo de la tasa se producirá con la solicitud de prestación del servicio, que no se realizará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-07-1998 en vigor desde 15-07-1998