Articulo 47 Modificación de la Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales
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»Artículo cuadragésimo séptimo
Vigente
Las letras j), k) y m) del artículo 70 de la citada Ley 4/2013 quedan modificadas de la siguiente manera:
j) La omisión intencionada de saludo a un o a una superior, que no la devuelva o la infracción de las normas que la regulen.
k) La práctica de cualquier clase de juego que se lleve a cabo en las dependencias policiales, siempre que perjudique la prestación del servicio o menoscabe la imagen policial.
m) Ser condenado o condenada en virtud de sentencia firme por falta dolosa o delito leve doloso cuando la infracción penal cause perjuicio a la administración o a los administrados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-12-2017 en vigor desde 24-12-2017