Articulo 47 Memoria Democrática

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Artículo 47. Planes de formación en la Administración General del Estado.

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En el marco de los planes de formación continua de la Administración General del Estado, así como en las actividades formativas que integran los procesos de selección, se incorporarán contenidos específicos de capacitación y sensibilización en relación con la memoria democrática, especialmente en el caso de la formación dirigida al personal que en el desempeño de sus funciones se relacione con víctimas de la Guerra y de la Dictadura. Dichos contenidos se elaborarán teniendo en cuenta la perspectiva de género.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-10-2022 en vigor desde 21-10-2022