Articulo 47 Medidas Tributarias y Administrativas 2003 Aragón
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»Artículo 47. Modificación del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón.
Vigente
Se modifica el apartado 1 del artículo 59 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. Los actos firmes en vía administrativa podrán ser objeto del recurso extraordinario de revisión cuando se den las circunstancias que establece la legislación básica.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004