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Articulo 47 Medidas para la inclusión social a través del empleo

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Artículo 47. Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria.

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1. Se aprueba el Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria con el fin de garantizar las necesidades alimentarias básicas de personas y familias en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

2. El Plan constará de tres líneas de actuación destinadas a.

a) Promover la concienciación social y prácticas de consumo responsable, impulsar el voluntariado para la recogida y distribución de alimentos con fines solidarios y apoyar a las Entidades Locales para acciones de solidaridad y garantía alimentaria.

b) Consolidar la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, como una fórmula de cooperación de actuaciones de las distintas Administraciones Públicas y de las organizaciones, entidades y agentes sociales y económicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía relacionados con la solidaridad alimentaria.

c) Asegurar la garantía alimentaria a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos recursos económicos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-06-2014 en vigor desde 14-06-2014