Articulo 47 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 47
Se modifica la disposición adicional primera de la Ley 13/2016 de 29 de diciembre de 2016, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat para el ejercicio 2017, que queda redactada como sigue:
«Disposición adicional primera
De la modificación de la denominación de las oficinas de atención a personas migradas (OAPMI), que pasan a denominarse oficinas de atención a personas migradas (PANGEA)
Con efectos de 1 de enero de 2018, las agencias de mediación para la integración y convivencia social (AMICS) creadas por Ley 15/2008, de 5 de diciembre de la Generalitat, de integración de las personas inmigrantes de la Comunitat Valenciana, y desarrolladas por Decreto 93/2009, de 10 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 15/2008, de 5 de diciembre de la Generalitat, de integración de las personas inmigrantes de la Comunitat Valenciana, modificada su denominación mediante la disposición adicional primera de la Ley 13/2016 de 29 de diciembre de 2016 de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat para el ejercicio 2017 por la de oficinas de atención a personas migradas (OAPMI), pasarán a denominarse oficinas de atención a personas migradas (PANGEA).»
- Texto Original. Publicado el 30-12-2017 en vigor desde 01-01-2018