Articulo 47 Medidas fisca...eneralitat

Articulo 47 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat

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Artículo 47

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Se modifica el artículo 9 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, que pasa a tener la siguiente redacción:

«Artículo 9: Escala del impuesto La base liquidable resultante de la aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior será gravada a los tipos de la siguiente escala:

Base liquidable

-

Hasta euros

Cuota

-

Euros

Resto Base liquidable

-

Hasta euros

Tipo aplicable

-

Porcentaje

0,00

0,00

167.129,45

0,25

167.129,45

417,82

167.123,43

0,37

334.252,88

1.036,18

334.246,87

0,62

668.499,75

3.108,51

668.499,76

1,12

1.336.999,51

10.595,71

1.336.999,50

1,62

2.673.999,01

32.255,10

2.673.999,02

2,12

5.347.998,03

88.943,88

5.347.998,03

2,62

10.695.996,06

229.061,43

En adelante

3,12

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016