Articulo 47 Drogodependencias y otras adicciones
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»Artículo 47. Juego patológico y otros productos adictivos.
Vigente
1. El juego patológico, como trastorno adictivo merecerá especial interés, por parte de los sistemas educativo, sanitario y social, fomentándose la información a todos los colectivos sociales sobre la potencialidad adictiva de los juegos de azar.
2. Se efectuará la regulación normativa oportuna sobre las medidas de prevención por control de la demanda y por control de la oferta de utilización de juegos y apuestas, y otros productos adictivos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-10-2001 en vigor desde 12-11-2001