Articulo 47 Desarrollo de la Ley 4/2007 -coordinación de policías locales-
Artículo 47. Requisitos de acceso
Para participar en los procesos selectivos de acceso a los puestos de personal auxiliar deberá poseerse en la fecha de presentación de solicitudes de participación y mantenerse hasta la toma de posesión los siguientes requisitos:
a) Haber cumplido los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
b) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea, así como también las personas extranjeras con residencia legal en España, en los términos previstos en el artículo 52 de la Ley 2/2015, de 29 de abril.
c) Tener superada la educación secundaria obligatoria, título de graduado escolar o equivalente, correspondiente al grupo C, subgrupo C2, del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
d) No haber sido despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder a la misma categoría profesional a la que pertenecía.
e) Carecer de antecedentes penales por delito doloso.