Artículo 467 Régimen específico de tasas

Artículo 467. Sujeto pasivo

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Artículo 467. Sujeto pasivo

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Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que se inscriben en las convocatorias para seleccionar el personal que tiene que acceder a los entes integrantes del sector público instrumental de derecho público de las Illes Balears, tanto en condición de personal funcionario como de personal laboral.

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