Artículo 460 Régimen específico de tasas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 460. Exención.
Vigente
Quedan exentas de pago las copias o las transposiciones a formato digital de las primeras veinte hojas en DIN A4 o diez en DIN A3.
Modificaciones
- Modificación realizada (460) por Ley 3/2020, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2021
(BOIB de 31-12-2020) en vigor desde 01-01-2021 - Modificación realizada (460) por Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2020
(BOIB de 31-12-2019) en vigor desde 01-01-2020 - Artículo modificado por Ley 12/2015, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2016
(BOIB de 30-12-2015) en vigor desde 01-01-2016