Articulo 46 Transparencia... de Murcia

Articulo 46 Transparencia y Participación Ciudadana de Murcia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 46. Personas responsables.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Serán responsables de las infracciones previstas en este capítulo.

a) Las personas físicas y jurídicas obligadas a suministrar información a las que se refiere el artículo 7.

b) Los otros sujetos obligados señalados en el artículo 6.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-12-2014 en vigor desde 19-12-2014