Articulo 46 TR. Ley de Gestión de Emergencias
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»Artículo 46.- Atribuciones de las instituciones comunes.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 12/2023, de 23 de noviembre, de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento.
(BOPV de 07-12-2023) en vigor desde 08-12-2023