Articulo 46 Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 46. Modalidades de plaza de residencias
Vigente
Con el fin de dotar de mayor flexibilidad a las residencias para que estas puedan atender a personas en situación de dependencia y en función de sus necesidades individuales, se establecen dos modalidades de plaza, temporal, cuando la ocupación tenga un límite de tiempo predeterminado, y plaza permanente cuando la ocupación no tenga un límite de tiempo predeterminado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-03-2023 en vigor desde 23-03-2023