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Articulo 46 Simplificación administrativa y apoyo a la reactivación económica

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Artículo 46. Documentación que deberá presentarse con la solicitud

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El sujeto promotor presentará con su solicitud la siguiente documentación:

a) Para la obtención de la autorización administrativa previa y de construcción

1. La documentación en la que se acrediten en concreto los puntos indicados en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, o norma básica estatal que la sustituya.

2. El proyecto de ejecución, junto con una declaración responsable que acredite el cumplimiento de la normativa de aplicación.

3. La documentación precisa en función de las afecciones sectoriales del proyecto.

4. Las tasas administrativas correspondientes por la tipología de la solicitud.

5. Para los proyectos de generación eléctrica, el resguardo de la garantía económica, previamente constituida, que se indica en los artículos 59 bis y 66 bis del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, o norma básica estatal que lo sustituya.

b) Para los casos en que proceda someter el proyecto a evaluación ambiental:

1. En el procedimiento de evaluación ambiental ordinaria: el estudio de impacto ambiental según lo establecido en el artículo 35 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, o norma básica estatal que la sustituya.

2. En el procedimiento de evaluación ambiental simplificada: la documentación indicada en el artículo 45 de dicha Ley 21/2013, de 9 de diciembre, o norma estatal básica que la sustituya.

c) La documentación necesaria para la aprobación del proyecto sectorial, en su caso.

d) La relación de los bienes y derechos afectados, en caso de que se solicite la declaración de utilidad pública de la instalación, junto con una declaración responsable de no haber conseguido acuerdos con las personas titulares de los bienes y derechos afectados y en la que se justifique la necesidad de la expropiación.

e) En los casos en que proceda, una declaración responsable del sujeto promotor en la que haga constar que dispone de acuerdos previos con todas las personas titulares de los bienes y derechos afectados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-02-2021 en vigor desde 18-03-2021