Articulo 46 Puertos de Cataluña -Derogada-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 46. Información pública.
Vigente
El proyecto, una vez notificada por resolución su aprobación técnica, conjuntamente con el estudio de impacto medioambiental y la relación de bienes y derechos afectados a que se refiere el artículo 51.2, se someterá al trámite de información pública durante un plazo no inferior a treinta días hábiles mediante un anuncio publicado en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» y tendrá toda la publicidad restante que se determine por vía reglamentaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-05-1998 en vigor desde 06-05-1998