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Articulo 46 Puertos de Cataluña -Derogada-

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Artículo 46. Información pública.

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El proyecto, una vez notificada por resolución su aprobación técnica, conjuntamente con el estudio de impacto medioambiental y la relación de bienes y derechos afectados a que se refiere el artículo 51.2, se someterá al trámite de información pública durante un plazo no inferior a treinta días hábiles mediante un anuncio publicado en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» y tendrá toda la publicidad restante que se determine por vía reglamentaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-05-1998 en vigor desde 06-05-1998