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Articulo 46 Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación

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Artículo 46. Concesiones vigentes en materia de transporte público colectivo de viajeros.

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Los vehículos de nueva adquisición por ampliación o reposición de la flota de las concesiones vigentes de competencia de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón, referentes al transporte público colectivo de viajeros, deberán cumplir los criterios de accesibilidad básica contenidos en el anexo III de este Decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-1999 en vigor desde 15-06-1999