Articulo 46 Presupuestos 2020 Murcia
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Artículo 46. Remanentes en el Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.

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Con cargo a los remanentes que se puedan producir por anulación, renuncia o bajas en la adjudicación de las obras que integran el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal, los ayuntamientos podrán solicitar nuevas actuaciones (Planes Complementarios), cuyo objeto sea la disminución de déficits en infraestructuras básicas municipales, detectadas a través de la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales.

Para el caso de que los remanentes se produzcan por bajas en la adjudicación de las obras subvencionadas y las corporaciones locales correspondientes no soliciten su aplicación a nuevas actuaciones, el importe de dichas bajas será destinado a minorar la aportación municipal a la actuación subvencionada, siempre y cuando, la subvención no sea superior al importe de adjudicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2020 en vigor desde 26-04-2020