Articulo 46 Presupuestos 2019 Bizkaia

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Artículo 46. Reducción por tributación conjunta

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Con efectos desde 1 de enero de 2019, se modifica el artículo 73 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que quedará redactado como sigue:

«Artículo 73. Reducción por tributación conjunta

1. En los supuestos en que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de esta Norma Foral se opte por la tributación conjunta, la base imponible general se reducirá en el importe de 4.347 euros anuales por autoliquidación.

2. La reducción señalada en el apartado anterior será de 3.776 euros en el caso de las unidades familiares señaladas en el apartado 2 del artículo 98 de esta Norma Foral.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2018 en vigor desde 31-12-2018