Articulo 46 Presupuestos 2012 Canarias

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Artículo 46.- Planificación de recursos humanos.

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1. La planificación de los recursos humanos responderá al cumplimiento de los siguientes objetivos de la política de empleo.

la atención de los sectores prioritarios, el correcto dimensionamiento del volumen de efectivos, la racionalización de cuerpos y escalas, la eficacia en la distribución territorial y la reducción de la temporalidad en el sector público.

2. La reincorporación y el reingreso al servicio activo del personal sin derecho a reserva de puesto, que no se lleve a cabo a través de convocatorias de provisión de puestos de trabajo, sólo podrá realizarse a plazas ocupadas por personal interino o temporal.

El reingreso del personal funcionario que tenga derecho a reserva de un puesto de trabajo, pero no de un puesto de trabajo concreto, se realizará a un puesto que en ningún caso podrá ser a un inferior en más de dos niveles al de su grado personal.

3. En la memoria de la Cuenta General se incluirá información sobre el número de personas que prestan sus servicios en la Administración autonómica canaria y el número de personas al inicio y al final del ejercicio, cuantificando las altas y bajas del año; la distribución del personal por secciones y categorías profesionales, así como el número de sustituciones en los colectivos docentes y los sanitarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012