Articulo 46 Organización ...or Público

Articulo 46 Organización del Sector Público

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Artículo 46. Control de eficacia.

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1. Las entidades públicas empresariales están sometidas al control de eficacia, que será ejercido por la Consejería a la que estén adscritos, sin perjuicio del control que corresponda a otros órganos de la Administración General de la Comunidad Autónoma. Dicho control tendrá por finalidad comprobar el grado de cumplimiento de los objetivos y la adecuada utilización de los recursos asignados.

2. El control del cumplimiento de los compromisos específicos que, en su caso, hubiere asumido la entidad pública en virtud de convenio o contrato programa corresponderá además a la Comisión de seguimiento regulada en el propio convenio o contrato programa.

3. A efectos de un efectivo desarrollo del control al que se refiere el apartado anterior, la entidad pública empresarial elaborará un plan anual de actuaciones que recogerá, dentro del marco definido en el plan de actuación inicial, los objetivos establecidos para el ejercicio, sus indicadores, las líneas de actuación necesarias para su consecución, un plan económico y financiero y las previsiones relativas a recursos humanos y tecnologías de la información. Dicho plan será aprobado y remitido, antes del 1 de diciembre del ejercicio anterior, al titular de la Consejería de adscripción, quién dará cuenta de su contenido al Gobierno con anterioridad al inicio del ejercicio al que se refiere.

4. Igualmente, y dentro del primer trimestre posterior al ejercicio al que se refiera, el organismo elaborará una memoria de actividades en la que se recojan los datos relativos a las actuaciones desarrolladas, objetivos conseguidos en los términos de los indicadores previstos, así como cumplimiento de las previsiones relativas al plan económico-financiero, recursos humanos y tecnologías de la información. Dicha memoria será remitida al titular de la Consejería de adscripción en el plazo previsto para su elaboración, y de su contenido se dará cuenta al Gobierno en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-2003 en vigor desde 04-04-2003