Articulo 46 Normas de inf...inancieros

Articulo 46 Normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros

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Norma 46. Integración de sucursales.

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1. Las cuentas anuales de la entidad no presentarán saldos o cuentas de enlace entre la sede central y las sucursales, o entre diversos departamentos de la entidad. La cuenta de pérdidas y ganancias no reflejará ni sus partidas se alterarán por conceptos como intereses de los saldos intersucursales o, en general, imputaciones internas de ingresos y gastos que como tales no hayan sido devengados por la entidad.

2. En las cuentas referentes a ámbitos geográficos determinados, como los negocios en España y las sucursales en países extranjeros, el resto de la entidad se tratará como otra entidad de crédito, diferenciándose las cuentas que representen fondos permanentes de las de carácter transitorio.

3. Las operaciones en camino entre oficinas de una misma entidad, esto es, las que aparecen contabilizadas en la oficina expedidora y no han tenido entrada en la de destino, se incluirán en las partidas de «otros activos» u «otros pasivos» según su signo, aceptándose como tal, salvo mejor conocimiento, lo que determine la oficina de origen, y sin que en ningún caso puedan compensarse entre sí.

Las entidades establecerán métodos administrativos y contables internos que les permitan presentar saldos mínimos, e incluso nulos, de operaciones en camino. En especial, incorporarán a las cuentas de activo o pasivo que correspondan los instrumentos financieros, y todas las operaciones importantes por su cuantía.

4. Para integrar las cuentas de aquellas sucursales en el extranjero cuya moneda funcional sea distinta de la moneda funcional de la entidad en sus cuentas anuales individuales, la entidad deberá aplicar lo previsto en la norma 50. Si surgiese una diferencia de conversión, se registrará en el balance individual, en una partida específica de «otro resultado global acumulado» del patrimonio neto a través del estado de ingresos y gastos reconocidos, desglosándose dicho concepto en la memoria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-12-2017 en vigor desde 01-01-2018