Articulo 46 Medidas tributarias y administrativas 2005 I. Balears
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»Artículo 46. Modificación de determinados preceptos de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears.
Vigente
1. Se modifica la letra d) y se añade la letra e) en el artículo 48 de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears, con la siguiente redacción:
«d) El incumplimiento de las obligaciones de inscripción y comunicación de variación de datos en las secciones del Registro General de Comercio de las Illes Balears.
e) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley o en sus disposiciones reglamentarias de desarrollo cuando no esté tipificado como infracción grave o muy grave.»
2. Se suprime el contenido de la letra e) del artículo 49 de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006