Articulo 46 Medidas Fiscales y Administrativas 2016 de Aragón
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»Artículo 46.- Modificación del texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón.
Vigente
El texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, se modifica en los términos siguientes:
Uno. Se añade un nuevo apartado 4 en el artículo 31, con la siguiente redacción:
«4. Vencido el plazo sin haberse notificado la resolución sobre la solicitud de autorización, el interesado podrá entender desestimada su solicitud del uso o actividad cuyo ejercicio se pretendía.»
Dos. Se añade un nuevo apartado 4 en el artículo 40, con la siguiente redacción:
«4. Vencido el plazo sin haberse notificado la resolución sobre la solicitud de autorización, el interesado podrá entender desestimada su solicitud del uso o actividad cuyo ejercicio se pretendía.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-02-2016 en vigor desde 04-02-2016