Articulo 46 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Artículo 46. Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Las prestaciones patrimoniales de carácter público por la venta, suscripciones o anuncios del «Boletín Oficial del Registro Mercantil» quedan fijadas en las siguientes cuantías:
Primero:
Por ejemplar sencillo: 0,42 euros.
Por ejemplar con fascículo: 0,63 euros.
Segundo. Por suscripción:
Clase de suscripción | Suscripción | Suscripción | Suscripción |
---|---|---|---|
España | 106,38 | 53,19 | 26,59 |
España (por avión) | 126,81 | 63,41 | 31,70 |
Extranjero | 185,71 | 92,86 | 46,43 |
Extranjero (por avión) | 319,14 | 159,57 | 79,78 |
Tercero. Por anuncio urgente (por milímetros de altura del ancho de una columna de 14 cíceros): 850 pesetas.
Cuarto. Por actos a publicar en la Sección Primera del «Boletín Oficial del Registro Mercantil», según los grupos de pago que a continuación se mencionan:
A) 29,45 euros.
B) 58,90 euros.
D) Más de 92,56 euros, en los términos previstos en la Orden Ministerial de 26 de diciembre de 1991.
E) 11,06 euros.
- Artículo modificado por RESOLUCIÓN 8/2001, de 31 de octubre, de la Dirección General de Tributos, por la que se convierten a euros las cuantías exigibles por las tasas y precios públicos cuya gestión está atribuida a órganos dependientes del Ministerio de la Presidencia.
(BOE de 28-11-2001) en vigor desde 18-12-2001