Articulo 46 Gobierno Valenciano
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 39.
Vigente
En el ejercicio de la potestad reglamentaria no se podrá:
1. Establecer penas ni imponer exacciones, tasas parafiscales y otras cargas similares.
2. Imponer sanciones ni multas, salvo en los casos expresamente autorizados por una Ley.
3. Restringir derechos individuales, salvo en el marco de las Leyes.