Articulo 46 Función Publi...-Derogada-

Articulo 46 Función Publica de Asturias -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 46.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La oposición consistirá en la celebración de una o más pruebas selectivas teórico-prácticas para determinar la aptitud y nivel de preparación de los aspirantes.

2. Los programas de las pruebas habrán de ser congruentes con los conocimientos exigidos para el desempeño de las funciones asignadas a las plazas que se convoquen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986