Articulo 46 Deporte de Madrid
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»Artículo 46. Clases de infracciones.
Vigente
1. Son infracciones a las reglas del juego o competición las acciones u omisiones que, durante el curso del juego o competición, vulneren, impidan o perturben su normal desarrollo.
2. Son infracciones a las normas generales deportivas las demás acciones u omisiones que sean contrarias a lo dispuesto por dichas normas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-1995 en vigor desde 12-01-1995