Articulo 46 Actividad fís... de Aragón

Articulo 46 Actividad física y deporte de Aragón

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Artículo 46. Organización.

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1. La organización necesaria para el ejercicio de las funciones de gobierno y administración de las federaciones deportivas aragonesas se acomodará a lo dispuesto en la presente ley y en sus disposiciones de desarrollo.

2. En cada federación deportiva aragonesa habrá:

a) Un órgano supremo de gobierno con la denominación de Asamblea General integrado por representantes de los distintos sectores de los miembros de la federación.

b) Un órgano con funciones ejecutivas, con la denominación de Junta Directiva u otra similar, cuya composición vendrá determinada por los estatutos de la federación y cuyos miembros serán designados y revocados libremente por el presidente, debiendo dar cuenta a la Asamblea General. Se procurará que el número de mujeres que formen parte de la Junta Directiva sea, como mínimo, proporcional al número de licencias femeninas expedidas por la federación.

c) Un presidente, elegido de entre los miembros de la Asamblea General, que ostentará la representación legal de la federación y presidirá sus órganos supremo y ejecutivo. El presidente podrá ostentar su cargo durante un máximo de tres mandatos completos, o de dos mandatos completos y uno no completo.

d) Un secretario, que será designado y revocado libremente por el presidente de la federación, que ejercerá las funciones de fedatario de los actos, acuerdos y archivos de la federación deportiva aragonesa. El presidente habrá de dar cuenta de su nombramiento a la Asamblea General.

e) Un interventor, designado y revocado por la Junta Directiva a propuesta del presidente de la federación, encargado del ejercicio de las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, así como de las de contabilidad y tesorería.

f) Los demás órganos previstos en esta ley, en sus normas de desarrollo o en los estatutos de las federaciones deportivas aragonesas.

3. Podrá crearse, en el seno de la Asamblea General, una comisión delegada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-12-2018 en vigor desde 20-12-2018