Articulo 45 TR. de la Ley de Contratos del Sector Público
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 45. Efectos derivados de la interposición del recurso.
Vigente
Una vez interpuesto el recurso, si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-11-2011 en vigor desde 16-12-2011